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VERI*FACTU PARA AUTÓNOMOS

Qué cambia, cuándo te afecta y cómo llegar preparado sin complicarte.

Una guía práctica para entender el calendario, las obligaciones básicas y las excepciones que conviene revisar antes de cambiar tu forma de facturar.

✓ Fuentes oficiales✓ Actualizado septiembre 2026✓ Explicado sin jerga innecesaria
01

Fecha

1 julio 2027

Referencia general para el resto de obligados del art. 3.1.

02

Sistema

Debe cumplir requisitos

Integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad.

03

Factura

Incorpora QR

Las facturas expedidas mediante estos sistemas incorporan la representación gráfica prevista.

04

Faacil

Modalidad VERI*FACTU

Faacil funciona exclusivamente en modalidad VERI*FACTU.

EL PLAZO

Para muchos autónomos, la fecha que importa es el 1 de julio de 2027.

Tras la modificación publicada en diciembre de 2025, los obligados del artículo 3.1.a) deben tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados del artículo 3.1 deben tenerlos operativos antes del 1 de julio de 2027.

En la práctica, esta segunda fecha es la referencia habitual para autónomos incluidos en el ámbito del Reglamento, pero no conviene decidir sólo por la etiqueta “autónomo”: hay que comprobar el caso real.

Fuente oficial

Real Decreto-ley 15/2025, que modifica la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023.

Consultar en BOE ↗
1 ENE 2027Art. 3.1.a)

Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.

1 JUL 2027Resto del art. 3.1

Fecha general para los demás obligados incluidos.

QUÉ CAMBIA

No es simplemente añadir un QR.

El Reglamento se centra en cómo se generan y protegen los registros de facturación.

01

Registro de facturación

El sistema genera los registros exigidos asociados a las facturas emitidas.

02

Trazabilidad e inalterabilidad

Debe garantizarse que las modificaciones o anomalías no pasen inadvertidas.

03

QR y VERI*FACTU

Las facturas expedidas mediante estos sistemas incorporan QR; la mención VERI*FACTU corresponde a los sistemas que remiten todos los registros a la AEAT.

NO TODO ES BLANCO O NEGRO

Tres comprobaciones antes de dar por hecho que te afecta igual que a todos.

Una buena herramienta debe ayudarte a detectar las excepciones, no esconderlas.

✓
SII

El artículo 3.3 excluye a quienes llevan los libros registro en los términos del artículo 62.6 del Reglamento del IVA.

✓
País Vasco y Navarra

Los regímenes forales requieren comprobar la normativa aplicable al territorio.

✓
Cómo facturas de verdad

Excel, Word, ERP o software propio deben analizarse por el uso real que haces de ellos.

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PREGUNTAS FRECUENTES

Lo que suele generar más dudas.

¿Todos los autónomos tienen que estar preparados el 1 de julio de 2027?

Es el plazo general para el resto de obligados del artículo 3.1, pero la aplicación depende de que estés efectivamente dentro del ámbito y de posibles excepciones.

¿VERI*FACTU y factura electrónica son lo mismo?

No. Son regulaciones distintas. Una afecta a requisitos de sistemas informáticos de facturación y la otra a la factura electrónica en determinados ámbitos.

¿Tengo que enviar todas las facturas a Hacienda?

El Reglamento contempla sistemas VERI*FACTU y sistemas no verificables. Faacil opta exclusivamente por la modalidad VERI*FACTU, que remite los registros a la AEAT.

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