Fecha
1 enero 2027Plazo para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades del art. 3.1.a).
Si tu empresa es contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, la referencia general es anterior a la de muchos autónomos. Aquí tienes lo esencial para planificar el cambio sin improvisar.
Plazo para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades del art. 3.1.a).
El sistema debe cumplir los requisitos del Reglamento y su normativa de desarrollo.
Conviene validar series, tipos de factura, rectificativas y procesos reales con margen.
Remisión de registros a AEAT y operativa de facturación en un mismo entorno.
El Real Decreto-ley 15/2025 amplió los plazos y dejó dos fechas claramente diferenciadas. Los obligados del artículo 3.1.a) —contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades— deben tener los sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027.
Esto convierte 2026 en el año natural para probar procesos, revisar series, corregir casuísticas y formar al equipo sin hacerlo bajo presión.
Modificación de la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023.
Ver RDL 15/2025 en BOE ↗Revisión de operativa real, usuarios, series, facturas y procedimientos.
Fecha límite general para el art. 3.1.a).
Facturas ordinarias, simplificadas, rectificativas, recurrentes, FACe, albaranes y cualquier flujo especial.
Series, clientes, productos, impuestos y datos fiscales deben quedar preparados antes del cambio.
Conviene verificar el proceso con usuarios reales antes de que el plazo convierta cualquier incidencia en urgente.
El artículo 16 define los sistemas VERI*FACTU como aquellos que, cumpliendo el Reglamento, remiten efectivamente todos los registros de facturación a la AEAT de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente.
La declaración responsable de Faacil identifica expresamente el sistema como exclusivamente VERI*FACTU.
Disponible para consulta desde la propia web.
Integrados dentro del producto según la declaración responsable.
Ayuda durante la configuración y uso habitual.
Nuevas altas gratis hasta el 31 de diciembre de 2026.
La disposición final cuarta se refiere a los obligados del artículo 3.1.a), es decir, contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en el ámbito del Reglamento. Conviene comprobar posibles exclusiones o situaciones especiales.
La estrategia depende del sistema de origen y de los datos que quieras conservar. En Faacil se puede plantear la importación de clientes y otros datos mediante ficheros estructurados.
Sí. La declaración responsable de Faacil indica que funciona exclusivamente como sistema VERI*FACTU.
Sin tarjeta y sin permanencia durante la promoción.